jueves, 3 de septiembre de 2009

Calderón presentó reforma en materia de amparo


Busca modernizar los procedimientos para utilizar el internet como herramienta y la firma electrónica para abatir los rezagos en el Poder Judicial


El presidente Felipe Calderón se estrenó con la LXI Legislatura presentando al Senado una reforma en materia de amparo que busca modernizar los procedimientos para utilizar el internet como herramienta y la firma electrónica para abatir los rezagos en el Poder Judicial e incluso para ahorrar millones de pesos en papel y árboles.
En marzo pasado también entregó otra iniciativa para poner en marcha los llamados "juicios en línea" en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que prevé la inclusión de la Firma Electrónica Avanzada, con lo cual se permite la substanciación del juicio contencioso administrativo en forma electrónica a través del Sistema de Justicia en Línea.
La nueva iniciativa de Calderón enviada al Senado, y que aparece en la Gaceta, precisa que derivado de la nueva Ley del ISSSTE, durante 2007, se recibieron aproximadamente 169 mil demandas de amparo, mientras que en contra de la aplicación del IETU fue un aproximado de 30 mil 172.
Algunas cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Amparos indican que al inicio de 2008 la recepción de demandas incrementó en razón de la entrada en vigor del IETU, ya que en el primer semestre le fueron notificados un total de 314 mil 155 documentos.
"La presentación masiva de demandas de amparo, como ocurrió en el caso del IETU, provocaron una excesiva aglomeración de documentos, al recibir 28,296 demandas, las cuales -en su gran mayoría- constaban de más de 300 hojas, provocando un colapso de los procesos de recepción y atención oportuna, generándose como consecuencia, el aumento de recursos materiales y humanos", argumenta la iniciativa.
Por ejemplo, se reporta en 2008 la resolución de 423 mil 368 asuntos por 322 Jueces de Distrito, sin embargo, hay un déficit de más de 30 mil asuntos, respecto a los ingresos del año y una existencia actual de más de 100 mil asuntos.
La iniciativa propone establecer que en los juicios de amparo todas las promociones puedan hacerse por escrito, o bien, que la parte que así lo solicite expresamente pueda hacerlo vía electrónica a través del uso de la Firma Electrónica para el Seguimiento de Expedientes (FESE).
La FESE será el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, como opción para consultar, enviar y recibir promociones, documentos, acuerdos, resoluciones, sentencias, comunicaciones y notificaciones oficiales relacionadas con los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales, la cual producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
Con motivo de la utilización de este mecanismo, los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación deberán integrar un expediente físico y paralelamente un expediente electrónico.
Además, para el cumplimiento de esta disposición, los titulares de los órganos jurisdiccionales serán responsables respecto de la digitalización de las promociones y los documentos que presenten las partes.
La iniciativa propone reformar la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, así los preceptos a modificar son:
Los artículos 3, en su párrafo primero; 23, en su párrafo cuarto; 24, fracción I; 25, 27, párrafos segundo y tercero; 28, fracción I, fracción II, párrafos primero y tercero y fracción III, primer párrafo; 29, fracción I, párrafos primero y segundo, y tercer párrafo de la fracción II; 34, fracción II; y la fracción III del artículo 116. Se adicionan los párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto al artículo 3; un quinto párrafo al artículo 23; un segundo párrafo, incisos a) a e), pasando el actual segundo a ser cuarto, un párrafo tercero, pasando el actual tercero a ser sexto, y un párrafo quinto al artículo 27, los párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo a la fracción I del artículo 28; los párrafos segundo y tercero del artículo 33; la fracción III del artículo 34; los párrafos cuarto y quinto al artículo 132 y los párrafos sexto y séptimo al artículo 149. Méxcico, D.F. (El Universal)