jueves, 18 de febrero de 2010

Presenta Calderón ante el Senado Ley Antisecuestro


Plantea prisión vitalicia para quienes cometan este tipo de delitos; vigilancia especial con brazaletes a los liberados tras cumplir sentencias; obligación a empresas de telecomunicaciones de prohibir la señal telefónica en los reclusorios, entre otras medidas.

El presidente Felipe Calderón envió hoy al Senado la iniciativa de Ley General para Prevenir y sancionar el secuestro, en la que plantea prisión vitalicia para quienes cometan este tipo de delitos; vigilancia especial con brazaletes a los liberados tras cumplir sentencias; obligación a empresas de telecomunicaciones de prohibir la señal telefónica en los reclusorios, entre otras medidas.

En la iniciativa publicada hoy en la Gaceta del Senado, el Ejecutivo consideró la prohibición de intermediarios, sólo se permitirán “en casos justificados”. Además, se facilitará a las autoridades la intervención telefónica y la grabación de conversaciones a distancia, éstas serán consideradas como prueba durante los juicios.

En la iniciativa, el presidente Calderón establece que el Ministerio Público Federal podrá atraer aquellos casos que considere relevantes y unifica los tipos penales para evitar la duplicación de éstos, estableciendo como conductas delictivas del secuestro:

La conocida como secuestro exprés; la detención de una personas en calidad de rehén, así como la posibilidad de que a la víctima se le amenace con privarle de la vida o causarle algún daño; la hipótesis relativa a que una persona simule o por interpósita persona su propia privación de libertad para causar daño o perjuicio o recibir beneficio económico.

En este último caso se propone como pena de cien a 350 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, para no privarle de su libertad y sancionar indirectamente a sus familiares.

También se cortarán los flujos financieros destinados a esta actividad por lo que se sancionará a quien financie, recaude o aporte fondos económicos o recursos de cualquier especie a sabiendas de que se usarán para el secuestro.

Será delito la intimidación a la víctima, familiares, testigos, representantes o abogados par que estos no colaboren con la autoridad. También se sancionará a quien facilite información que permita el secuestro.

“El fungir como intermediarios de negociaciones de rescate o liberación de víctimas sin causa justificada ni el acuerdo de quienes las representen legalmente”.

“Colaborar en la difusión pública de las pretensiones o mensajes de los secuestradores fuera del estricto derecho a la información”.

En la iniciativa se revé que habrá prisión vitalicia para aquellos policías que colaboren o participen en el delito de secuestro. Serán agravantes en la comisión del delito quienes lo ejerzan con violencia alevosía o ventaja, donde participen dos o más personas o sean familiares de la víctima, entre otros.

Tendrán beneficio de atenuante quienes se desistan del plagio y en menos de 72 horas colaboren para liberar a la víctima co una pena reducida de 3 a 8 años de prisión, pero se les colocarán dispositivos de localización y vigilancia hasta por 5 años.

También se colocarán esos dispositivos a quienes hayan cumplido una pena y salgan de la cárcel; los sentenciados por ese delito no podrán gozar de la preliberación o reducción de condena salvo casos excepcionales.

En materia de apoyo a las víctimas se prevén la restitución inmediata de sus derechos, la reparación del daños que incluye gastos alimentarios, el decomiso por valor equivalente y la notificación previa a la libertad o de la fuga del autor del delito, y en su caso protección por parte de la autoridad.

Otra medida contempla el pago de recompensas a informantes y la realización de operaciones incubiertas que se efectuarán “ bajo al más estricta confidencialidad, con la finalidad de que su implementación se traduzca en éxito de la investigación”.
Ciudad de México